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ORDEN de 18 de junio de 2002, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se autoriza al Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina (Zaragoza), para proceder a la enajenación en pública subasta de parcela de suelo urbanizable sita en el paraje denominado «La Cuesta», Polígono «C» del Catastro, Polígono Industrial «La Cuesta», de 74.400 metros cuadrados, como bienes patrimoniales del municipio.

Publicado el 05/07/2002 (Nº 78)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

ORDEN de 18 de junio de 2002, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se autoriza al Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina (Zaragoza), para proceder a la enajenación en pública subasta de parcela de suelo urbanizable sita en el paraje denominado «La Cuesta», Polígono «C» del Catastro, Polígono Industrial «La Cuesta», de 74.400 metros cuadrados, como bienes patrimoniales del municipio.

Examinado el expediente incoado por el Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina para enajenar en pública subasta parcela de suelo urbanizable sita en el paraje denominado «La Cuesta», polígono «C» del Catastro, polígono industrial «La Cuesta», de 74.400 metros cuadrados, calificadas como bienes patrimoniales del municipio.

Resultando que el Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina, en sesión del Pleno de la Corporación celebrada el día 7 de junio de 2002, adoptó, entre otros, con la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, acuerdo de enajenar en pública subasta Parcela de suelo urbanizable sita en el Paraje denominado «La Cuesta», Polígono «C» del Catastro, de 74.400 metros cuadrados, calificada como patrimoniales, cuyo valor (38,73 por 100) excede del 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto municipal vigente.

Considerando que los Ayuntamientos tienen capacidad para enajenar sus bienes inmuebles de propios, siempre que se atengan para ello a las normas establecidas en la legislación de régimen local sobre la materia y, de una manera específica, en los artículos 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 188 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, 109, 112, 113, 114 y 118 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, y 3 y 5 del Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón y 5 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.

Vistos la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Texto Refundido de 18 de abril de 1986, la Ley 7/1999, de Administración Local de Aragón, el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Decreto 92/1982, de la Diputación General de Aragón y la Ley reguladora de las Haciendas Locales y demás disposiciones de aplicación.

Este Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, en ejercicio de las facultades que le confiere el apartado 15 del artículo tercero del Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón, ha resuelto autorizar al Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina (Zaragoza) para proceder a la enajenación en pública subasta de la siguiente parcela, previa formalización e inscripción de su segregación de la finca matriz:

Parcela sita en el término municipal de La Almunia de Doña Godina, paraje denominado La Cuesta, Polígono C, del catastro de rústica, parte del Polígono Industrial «La Cuesta», que mide 74.400 metros cuadrados, a segregar de una finca de 606.7999 metros cuadrados, según Inventario Municipal y que linda:

Norte: Vial de acceso paralelo a la Carretera N-II.

Sur: Vial del Polígono..

Este: Schlecker S. A.

Oeste: Zona de equipamientos, zona verde e Italpannelli Ibérica S. A.

Total valor bienes a enajenar: 894.306 euros.

Zaragoza, 18 de junio de 2002.

El Vicepresidente del Gobierno y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, JOSE ANGEL BIEL RIVERA